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Normatividad

19 de Noviembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 210-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR LA PROCEDENCIA del Procedimiento de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Predios Rústicos de Propiedad del Estado y de Tierras Eriazas Habilitadas, respecto a los 505 predios rurales individuales que se detallan a continuación, que se encuentran dentro del predio matriz inscrito en la partida N°11099148, de la oficina registral de Jaén, ubicadas en la UT COLASAY, distrito de Colasay, provincia de Jaén, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

12 de Noviembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 198-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 598 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT MATIBAMBA, distrito de la José Sabogal, provincia de San Marcos y región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

7 de Noviembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 196-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE: 

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de cada Poseedor calificado como APTO, de la Unidad Territorial Chamis, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca.
4 de Noviembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 192-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR LA PROCEDENCIA del derecho de Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto a los 84 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT. PURUAY, distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

9 de Octubre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 160-2025-GR.CAJ-DRAC/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR INFUNDADO la oposición ingresada con registro MAD Nº 11309602 del 18 de julio de 2025, presentado por el administrado Jesús Cholan Calua, respecto a las UCs Nº 643937, 642353, 642354, 643950, 643940, 643289, 643278, 643206, 643267, 643012, 643859, 643832, 644474, 643852., en atención a los fundamentos expuestos.


ARTÍCULO SEGUNDO. - DECLARAR FUNDADO las oposiciones ingresadas con registro MAD Nº 11038473; MAD N° 11038458; MAD N° 11038463; MAD N° 11038436; MAD N° 11038483; MAD N° 11038430; MAD N° 11038445; MAD N° 11038454; MAD N° 11038459; MAD N° 11038466; MAD N° 11038474; MAD N° 11038484; MAD N° 11038497; MAD N° 11038502; MAD N° 11028494; MAD N° 11038420; MAD N° 11038396; MAD N° 11038406; MAD N° 11038443; MAD N° 11038435; MAD N° 11038412; MAD N° 11038400; MAD N° 11038429; MAD N° 11038376; y MAD N° 11038451, de fecha 22 de mayo del 2025, formulada por la administrada Flora Julca Ramos, quién formula oposición al procedimiento de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Predios Rústicos de propiedad del Estado de las U.Cs. Nº 643415, 643370, 643416, 643992, 643413, 643996, 643990, 643381, 643380, 643379, 643410, 643409, 643408, 643411, 643412, 643375, 643374, 643377, 643372, 643373, 643995, 643993, 643376, 643378, y 643371, respectivamente, en atención a los fundamentos expuestos.


ARTÍCULO TERCERO. - DECLARAR LA PROCEDENCIA del procedimiento de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio de propiedad del estado y de tierras eriazas habilitadas, respecto de los 239 predios rurales individuales que no registran solicitudes de oposición tal como se detallan a continuación, ubicadas en la UT PURUAY, distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

9 de Octubre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 159-2025-GR.CAJ-DRAC/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración de fecha 04 de setiembre del 2025 planteada por el administrado Jorge Ramón Rodríguez Plasencia, con D.N.I. N° 06136139, mediante MAD N° 11425012, respecto a la resolución N° 122-2025-GR-CAJ/D.A.R.A.C/D.T.T.C, estando expedito su derecho del administrado de plantear su recurso de apelación, de acuerdo a la Ley 27444.

2 de Octubre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 154-2025-GR.CAJ-DRAC/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:


ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 04 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT SANTA MARGARITA, distrito La Encañada, provincia de y región Cajamarca, que tienen como partida matriz la N° 02290163, del registro de predios de la oficina registral de Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

30 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 149-2025-GR.CAJ-DRAC/DT.T.C.R

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 738 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT PAMPA LA CUEBRA, distrito Los Baños del Inca, provincia de y región Cajamarca, que tienen como partida matriz la N° 02290162, del registro de predios de la oficina registral de Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

17 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 143-2025-GR.CAJ-DRAC/DT.T.C.R

SE RESUELVE:  

            Artículo Primero. - DECLARAR PROCEDENTE el pedido de rectificación de apellido materno por error material presentado por el señor José Gregorio Gallardo Medina, en consecuencia, RECTIFÍQUESE el apellido consignado en el Título de propiedad Nº 32505 DE TAPIA A COPIA del predio rustico con UC Nº 20011, ubicado en el Sector Virgen Del Carmen, distrito Lajas, provincia de Chota, región Cajamarca ,instrumento de propiedad que fue emitido por el Ministerio de Agricultura a través de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural. Quedando de manera correcta como VIDAL GALLARDO COPIA.    

            Articulo Segundo. - ADJUNTAR la presente resolución al expediente que dio origen a la formalización del predio con Unidad Catastral Nº 20011, del predio ubicado en el Sector Virgen Del Carmen, distrito Lajas, provincia de Chota, región Cajamarca, el mismo que se encuentra en el área de archivo de la Agencia Agraria Chota.

            Artículo Tercero. – NOTIFICAR la presente Resolución Directoral al solicitante.

11 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 140-2025-GR.CAJ/DRAC/D.T.T.C.R.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de cada Poseedor calificado como APTO, del Sector Chamis, de la Provincia y Departamento de Cajamarca, cuyos datos se detallan a continuación

10 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N" 136 .2O25.GR.CAJ.DRAC/DTT.CR

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR LA RECTIFICACION DE ÁREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE PREDIOS RURALES del predio rural denominado La Cabaña I y La Cabaña II, ubicado en el Sector San Felipe, del distrito de Cachachi, Provincia de Cajabamba y Departamento de Cajamarca del predio a rectificar  U.C. Nº 683251, área 17.2478 ha. y la Cabaña II con U.C. Nº 683252, con un área de 8.8879ª favor de los herederos del señor: LORENZO AUGUSTO VILLAR MARTINEZ, conformado por los herederos GILMER RAMON VILLAR VELASQUEZ, se ubica en el Proyecto Catastral 0624W y hace constar que la Unidad Catastral anterior 29591 del predio a rectificar  pasa como dato histórico.

 ARTICULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Artílculo Nxº 91.2 del Decreto Supremo Nº 014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales  y técnicos descritos en la presente Resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERCHOS DE TERCEROS, descartando cualquier cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el artículo precedente.

ARTICULO TERCERO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficina Registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de información catastral.

ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE  la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

10 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 138-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 41 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT CHOROPAMPA, distrito del mismo nombre, provincia de Chota y región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

9 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N" 135 .2O25.GR.CAJ.DRAC/DTT.CR

SE RESUELVE:  

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de la señora LUZ EDITH GOICOCHEA LINARES sobre el PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL Y FORMALIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS DE PROPIEDAD DEL ESTADO A SOLICITUD DE PARTE, contenido en el expediente con MAD: 10045007, conforme lo señala el Artículo 3, que señala Ámbitos de exclusión de la aplicación de los procedimientos de saneamiento físico legal y formalización, numeral 2. Los predios destinados para fines de vivienda y/o aquellos que se ubican en zona urbana o de expansión urbana y/o contengan una configuración urbana y/o proyección de vías y/o Lotización que denote una habilitación urbana informal del Reglamento de la Ley N° 31145, conforme a lo señalado en la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ADJUNTAR la presente Resolución Directoral de Improcedente al expediente administrativo en análisis.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a la señora LUZ EDITH GOICOCHEA LINARES y una vez transcurridos el plazo de impugnación al que hace referencia la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativa General, archívese en el mismo y forma de Ley.   

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

5 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N" 134 .2O25.GR.CAJ.DRAC/DTT.CR

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR LA RECTIFICACION DE AREAS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE PREDIOS RURALES del predio rural denominado Llushcapampa, ubicado en el Sector de Porcón Bajo del distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca y Departamento de Cajamarca del predio a rectificar U.C. 683250, área  .4219, a favor del señor  JOSE FACUNDO CHILON POMPA,  se ubica  en el Proyecto Catastral 0624 y hace constar que la Unidad Catastral anterior 86090 del predio a rectificar  pasa como dato histórico.

 ARTICULO SEGUNDO:  Que de conformidad con el Artículo Nº 91, numeral 91.2 del Decreto Supremo Nº 014-2022-MIDAGRI, conforme los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descantando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el artículo precedente.

ARTICULO TERCERO: DISPONER se remita el oficio correspondiente  al RdP de la oficial registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente  resolución, así como el certificado de información catastral.

ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE la presente resolución directoral al usuario con arreglo a ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

5 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 134-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO:                APROBAR LA RECTIFICACIÓN DE AREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE PREDIOS

RURALES del predio rural del predio denominado Llushcapampa, ubicado en el sector de Porcón Bajo, del distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca y Departamento de Cajamarca del Predio a rectificar U.C rectificar U.C 683250, Área: 0.4219, a favor de el señor: JOSÉ FACUNDO CHILON POMPA se ubica en el Proyecto Catastral 0624W y hace constar que la Unidad Catastral anterior 86090 del predio a rectificar pasa como dato histórico.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el artículo precedente.

 

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

 

 

ARTICULO   CUARTO:      NOTIFIQUESE     la       presente

Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

3 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 133 -2025-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

SE RESUELVE:  

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA RECTIFICACIÓN DE AREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE PREDIOS RURALES del predio rural del predio denominado Llushcapampa, ubicado en el sector de Llushcapampa, del distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca y Departamento de Cajamarca del Predio a rectificar U.C rectificar U.C 683246, Área: 0.2716, a favor de el señor: CHILON YOPLA, JOSE CIRO se ubica en el Proyecto Catastral 0624W y hace constar que la Unidad Catastral anterior 03088 del predio a rectificar pasa como dato histórico.

ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el artículo precedente.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

3 de Septiembre de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 132-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:  

 

                                                             ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA RECTIFICACIÓN DE AREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE PREDIOS RURALES del predio rural del predio denominado Llushcapampa, ubicado en el sector de Llushcapampa, del distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca y Departamento de Cajamarca del Predio a rectificar U.C 683247, Área: 2,6591, a favor de Pedro Guillermo Miranda Velásquez y Julia Rebeca Edith Dammert Ego Aguirre de Miranda se ubica en el Proyecto Catastral 0624W y hace constar que la Unidad Catastral anterior 104411 del predio a rectificar pasa como dato histórico.

 

                                                         ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el artículo precedente.

                                                        

                                                           ARTÍCULO TERCERO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

 

                                                           ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

27 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 126-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:  

 

                                                            ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER LA APLICACIÓN DE LA PREVALENCIA CATASTRAL conforme el numeral 2.5 del artículo 91 del reglamento de la Ley N°31145 de los supuestos de aplicación de la prevalencia “cuando el plano que fue elaborado con el Datum PSAD 56 como consecuencia de la conversión al Datum WGS84 genera superposición gráfica y no física para el predio con Unidad Catastral N°26012, con un área de 0.4226, ubicado en el sector: Bajo Otuzco, distrito de: Baños del Inca, Provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca, considerando la información técnica contenidos en el Certificado de Información Catastral que sustenta la presente resolución.

 

                                                             ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el articulo precedente.

                                                         ARTÍCULO TERCERO: Disponer como parte de las acciones de Saneamiento Físico Legal, la inscripción registral del asiento certificatorio de área, linderos, medidas perimétricas por prevalencia de la información catastral del predio con Unidad Catastral N° 34066, de conformidad con la escritura pública de donación con fecha 20 de febrero de 2019.

 

                                                           ARTICULO CUARTO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

 

                                                              ARTÍCULO QUINTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

26 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 125-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. -  DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 276 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT LLAMA, provincia de Chota y región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

22 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 122-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR INFUNDADO el recurso de reconsideración de fecha 15 de julio del 2025 planteada por el administrado Jorge Ramón Rodríguez Plasencia, con D.N.I. N° 06136139, mediante MAD N° 11302864, respecto a los predios rurales individuales ubicados en la UT CONTUMAZÁ, distrito y provincia del mismo nombre y región Cajamarca, concernientes a las UCs 606703, 606707, 606687, 606692, 606691, 606693, 606690, 606696,606697,606698, en atención a los fundamentos expuestos, por lo que subsiste la declaración de procedencia de procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado, respecto a las citadas UCs, plasmadas en la Resolución Directoral N° 40-2025- GR.CAJ/D.R.A..C/D.T.T.C.R. de fecha 04/04/2025.

ARTICULO SEGUNDO. - NOTIFICAR la presente Resolución, conforme a Ley.

20 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 119-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO la oposición ingresada con registro MAD N° 11309875; 11309602; 11368644; formulada por los administrados: Lorenzo Valiente Coronado, Jesús Cholan Calua, Luz de María Chávez Pajares, respectivamente, al procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado y de tierras eriazas habilitadas de las UCs N° 643641,643666,643642,643652,643628,643937,643950,643940, 643289, 643278, 643206,  643267,  643012,  643859,  643832,  644474,  643852,  en  atención  a  los fundamentos expuestos.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DECLARAR FUNDADO la oposición ingresada con registro MAD N° 11373295;  10047125;  11304282;  formulada  por  los  administrados:  Fausta Cueva Castrejón;  y Segundo Sánchez Chugnas, respectivamente, al procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado y de tierras eriazas habilitadas de las UCs N° 644482; 644481; 644480, 643829, 643830; en atención a los fundamentos expuestos.

ARTÍCULO TERCERO. - DECLARAR LA SUSPENSIÓN del procedimiento de saneamiento físico legal de las UCs N° 643693, 643824, 643899, 643909, 643583, 643580, 643831, 644469, 644416, 644466, 644425, 644417, 643911, 643894, 643895, 643590, 643593, 643587, 644396, 644405, 644397, 644404, 644467, 644407, 644406, 644468, 644399, 644402, 644401, 644400, 644418, 643924, 643923, 643922, 643914, 643898, 643896, 643612, 644294, 644295, 644465, 644411, 644412, 643900, 643910, 643579, 643582, 643908, 644408, 644423, 644438, 643023, 642967, 643012, 643622, 643635, 643625, 643584, 643581, 644445, 644495, 644496, 643606, 643607, 643608, 643605, 643845, 643846, 643880, 642144, 641767, 641768, en atención a los fundamentos expuestos.

ARTÍCULO CUARTO. - DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 1342 predios rurales individuales que no registran solicitudes de oposición tal como se detallan a continuación, ubicadas en la UT PURUAY, distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

18 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 116-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. - ACLARAR el considerando octavo de la resolución la Resolución N° 110- 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R, de fecha 11 de agosto del año 2025, así como el artículo segundo de la misma, por haberse cometido un error material, debiendo quedar de la siguiente manera:

“Mediante MAD N° 10411911 de fecha 18 de diciembre de 2024, presentado por la administra Noelia Yesenia Mendoza Martínez, apoderado de la empresa ROXIMA S.A, presentó oposición al procedimiento Administrativo de Declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio de las U.Cs 581274, 581276, 581304, 581305, 581306, 581307, 581309, 581322(...)"

ARTICULO SEGUNDO. - ACLARAR el artículo segundo de la resolución la Resolución N° 110- 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/ID.T.T.C.R, de fecha 11 de agosto del año 2025, debiendo quedar de la siguiente manera:

ARTICULO SEGUNDO. - DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de 

15 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 112–2025-GR.CAJ/D.R.A.C./D.T.T.C.R.

SE RESUELVE:

 ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR PROCEDENTE lo solicitado por la solicitante MARIA SANTOS MANTILLA SANCHEZ, debiéndose corregir el error material advertido en el siguiente extremo:

DICE:

SECTOR SANTA URSULA DISTRITO DE BAÑOS DEL INCA

DEBE DECIR:

SECTOR LAGUNA SANTA URSULA DEL DISTRITO DE NAMORA  

Del Título de Formalización de la propiedad Rural del Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, ante esta dirección de Línea de la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, Del Gobierno Regional de Cajamarca, del predio ubicado en el Sector de Santa Úrsula, distrito de los Baños del Inca, Provincia de Cajamarca Departamento de Cajamarca, con código de Referencia Catastral N°7_7909205_45674.

 ARTÍCULO SEGUNDO. - Adjuntar la presente resolución al expediente que dio origen al título de propiedad con Unidad Catastral N°45674, los mismos que se encuentran en el Área de Archivo de la DTTCR.

ARTÍCULO TERCERO. - Anótese la presente resolución en el SCR (Sistema de Catastro Rural del Perú) respecto al predio con Unidad Catastral N°45674, conforme corresponde.

ARTÍCULO CUARTO. - Notificar la presente Resolución Directoral al solicitante.

14 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 107-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

ACLARAR que el procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado y de tierras eriazas habilitadas, N° 138-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR, del 14 de noviembre del 2024, al haberse cometido un error material en el articulo primero, ya que se debería declarar la procedencia del procedimiento de saneamiento fisico legal y formalización de predios rústicos del estado, únicamente de 57 PRI, ello de conformidad con el artículo 212 de la Ley 27444.

12 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 110-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR FUNDADAS las oposiciones formulada por los administrados Noelia Yesenia Mendoza Martínez, identificado con D.N.I. N° 26733301 apoderado de la empresa ROXIMA S.A, mediante solicitud con registro MAD 10411911, de fecha 18 de diciembre de 2024 y Santos Rodriguez Chiquilín, con D.N.I. N°27982229 mediante solicitud con registro MAD 10352673, de fecha 02 de diciembre de 2024. 

4 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 108 -2025-GR.CAJ-DRAC/DTT.C.R

SE RESUELVE: 

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER LA APLICACIÓN DE LA PREVALENCIA CATASTRAL conforme el numeral 2.5 del artículo 91 del reglamento de la Ley N°31145 de los supuestos de aplicación de la prevalencia “cuando el plano que fue elaborado con el Datum PSAD 56 como consecuencia de la conversión al Datum WGS84 genera superposición gráfica y no física para el predio con Unidad Catastral N° 31509, con un área de 0.1355, ubicado en el distrito de Pedro Gálvez, Provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca, considerando la información técnica contenidos en el Certificado de Información Catastral que sustenta la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el articulo precedente.

ARTÍCULO TERCERO: Disponer como parte de las acciones de Saneamiento Físico Legal, la inscripción registral del asiento certificatorio de área, linderos, medidas perimétricas por prevalencia de la información catastral del predio inscrito en la partida registral N° 11056412, de conformidad con el certificado de información catastral emitido. 

ARTICULO CUARTO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

1 de Agosto de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 104-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto a los 658 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT LLAMA, provincia de Chota y region Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

30 de Julio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 102-2025-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

SE RESUELVE:  

 ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER LA APLICACIÓN DE LA PREVALENCIA CATASTRAL conforme el numeral 2.5 del artículo 91 del reglamento de la Ley N°31145 de los supuestos de aplicación de la prevalencia “cuando el plano que fue elaborado con el Datum PSAD 56 como consecuencia de la conversión al Datum WGS84 genera superposición gráfica y no física para el predio con Unidad Catastral N°26012, con un área de 0.4226has, ubicado en el sector de: El Rosario de Polloc, del Caserío de: Yerba Buena, del distrito de: Encañada, Provincia y Departamento de Cajamarca, considerando la información técnica contenidos en el Certificado de Información Catastral que sustenta la presente resolución.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Articulo N° 91 numeral 91.2 del Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI, conforme a los informes legales y técnicos descritos en la presente resolución, se deja constancia que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas son gráficas y no físicas por tanto NO SE AFECTA DERECHOS DE TERCEROS descartando cualquier posible superposición física en las colindancias del predio descrito en el articulo precedente.

ARTÍCULO TERCERO: Disponer como parte de las acciones de Saneamiento Físico Legal, la inscripción registral del asiento certificatorio de área, linderos, medidas perimétricas por prevalencia de la información catastral del predio inscrito en la partida registral N° 11056412, de conformidad con el certificado de información catastral emitido. 

 

ARTICULO CUARTO: DISPONER se remita el oficio correspondiente al RdP de la Oficinal registral de esta ciudad de Cajamarca, adjuntando la presente resolución, así como el certificado de Información Catastral.

 

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral al usuario con arreglo a Ley.

 

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

18 de Julio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°96.2025.GR.CAJ/DRAC/D.T.T.C.R.

DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de cada Poseedor calificado como APTO, del Sector CATACHE – MUNANA Distrito de Catache, Provincia de Santa Cruz, del Departamento de Cajamarca.

14 de Julio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 095-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR la Resolución Directoral N* 072-2025-GR.CAJ- DRAC-/DTT.CR de fecha 26 de mayo del año 2025, la misma que aprueba el Plano Conjunto de un área de 10631.4244 ha debiendo ser el área correcta del territorio comunal de 10558.0560 ha., cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR EL PLANO CONJUNTO del Territorio de la Comunidad Campesina Las Pampas - Ramalpon, ubicada en el distrito de San Juan de Licupis, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, en un área de 10558.0560 ha, cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER LA REMISIÓN del expedientillo conformado por el Plano de Conjunto y Memoria Descriptiva para la Inscripción del Territorio Comunal en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER LA PUBLICACIÓN, de la presente Resolución Directoral en la página Web del Gobierno Regional de Cajamarca, de conformidad y en cumplimiento a los prescrito en la Ley N* 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

ARTÍCULO QUINTO: Resolución Directoral N° 072-2025-GR.CAJ-DRAC-/DTT.CR de 26 de mayo del año 2025, se mantiene en todos los términos no señalados en la presente resolución, dejando sin efecto los artículos de la que se opongan a la presente resolución, y remítase copias a las instancias correspondientes para los fines de Ley.

ARTÍCULO SEXTO: DISPONER LA NOTIFICACIÓN de la presente Resolución a la Comunidad Campesina San Juan de Licupis.

14 de Julio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 94-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

PRECISAR que los supuestos de prevalencia aplicables para la rectificación de áreas, linderos, medidas perimétricas y real ubicación de los 159 predios rústicos de la UT QUEROCOTO, ubicada en el distrito Querocoto, provincia Chota, departamento Cajamarca, aprobados mediante resolución N° N° 81-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R, de fecha 17 de junio del 2025, son los contemplados en el artículo 91°, inciso 2, literal 2.2 y 2.3 del Decreto Supremo N° 014-2022-MI PAG Rl, tal como se detalla en el cuadro del artículo primero de la citada resolución.

1 de Julio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 85-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

Archivo. DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido reiterativo instado por la administrada Sra. Bertha Consuelo Calderón Quiroz, respecto a extender título de propiedad del predio identificado con Unidad Catastral N° 53522, ubicado en la provincia Chota - Cajamarca., por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

26 de Junio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 84-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR INFUNDADO el recurso de reconsideración de fecha 23 de 
mayo del 2025 planteada por el administrado Jorge Ramón Rodríguez Plasencia, con D.N.I. N° 
06136139, mediante MAD N° 11039502, respecto a los predios rurales individuales ubicados en 
la UT CONTUMAZÁ, distrito y provincia del mismo nombre y región Cajamarca, concernientes a 
las UCs 606703, 606707, 606687,606692, 606691,606693, 606690,606696,606697, 606698, en 
atención a los fundamentos expuestos, por lo que subsiste la declaración de procedencia del 
procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del 
Estado, respecto a las citadas UCs, plasmadas en la Resolución Directoral N° 40-2025- 
GR.CAJ/D.R.A..C/D.T.T.C.R. de fecha 04/04/2025.

17 de Junio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 81-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR LA RECTIFICACIÓN de áreas, linderos, medidas perimétricas y real ubicación de los predios rústicos inscritos en las partidas regístrales que se detallan en los cuadros siguientes, de la oficina registral de Chota, como parte de las acciones de saneamiento físico legal, realizados en la UT QUEROCOTO, del distrito de Querocoto, provincia de Chota y región Cajamarca, conforme lo contempla el Decreto Supremo N° 014-2022- MIDAGRI “Reglamento del Ley N° 31145”

5 de Junio de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 76-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 498 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la Unidad Territorial PURUAY EL ALISO distrito de Cajamarca, Provincia y Región de Cajamarca, en mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

29 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 73-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

SE RESUELVE: Declarar el derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 355 predios rurales individuales que se detallan en dicha resolución.

28 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 72 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR El deslinde y Titulación, Aprobar el plano conjunto, Prescindir y Disponer la remisión a favor de la Comunidad Campesina Las Pampas-Ramalpón, ubicada en el distrito de San Juan de Licupis, provincia de Chota, departamento de Cajamarca.

22 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 70-2025-GR.CAJ/DRAC/D.T.T.C.R.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR LA IMPOCEDENCIA del Recurso Administrativo de Reconsideración contra la CARTA N° 99-2025-GR-CAJ-DRAC/DTT.CR., instado por el administrado Julio Fernando Chávarri Gallardo, por los fundamentos expuestos; y, además, por encontrarse inmerso dentro de los ámbitos de exclusión regulados en la Ley N° 31145, “Ley de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Predios Rurales a cargo de los Gobiernos Regionales”.

ARTÍCULO SEGUNDO. – ADJUNTAR la presente Resolución Directoral de improcedencia al Expediente Administrativo materia de análisis con MAD N°: 10984409.

ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFICAR la presente Resolución Directoral al administrado conforme corresponde.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 60 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial San Felipe con código 0632W007, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 59 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial Bellavista 3 con código 0632W006, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 58 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial Jaén 3 con código 0632W005, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 57 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial Pomahuaca 1 con código 0632W004, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 56 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial Jaén 1 con código 0632W003, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

7 de Mayo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 55 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR la delimitación de las Unidad Territorial Bellavista 2 con código 0632W002, con la información que se detalla a continuación, de conformidad con los planos y memorias descriptivas de las áreas factibles de titulación de predios rurales que forman parte de la presente resolución.

30 de Abril de 2025
RESOLUCION DIRECTORAL N° 149-2024GR.CAJ D.R.A.C/D.T.T.C. R

APROBAR EL DESLINDE Y TITULACIÓN, a favor de la Comunidad Campesina de San Juan de Licupis, ubicada en el distrito de San Juan de Licupis, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, al haber cumplido con los requisitos, establecidos en la Ley 24657, Resolución Ministerial N° 0468-2016-MINAGRI y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

30 de Abril de 2025
RESOLUCION DIRECTORAL N° 27-2025 GR.CAJ-DRAC/D.T.T.C.R

MODIFICAR la Resolución Directoral N° 148 -2024GR.CAJ-D.R.A.C/D.T.T.C. R de fecha 16 de diciembre del año 2024, la misma que aprueba el Plano Conjunto de un área de 6719.0170 ha debiendo ser el área correcta del territorio comunal de 6832.2572 ha., cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano conjunto y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución directoral.

22 de Abril de 2025
RESOLUCION DIRECTORAL N° 048- 2025-GR.CAJ-D.R.A.C/D.T.T.C.R

APROBAR EL DESLINDE Y TITULACIÓN, a favor de Comunidad Campesina San Juan de Llallán, ubicada en el distrito de Tantarica, provincia de Contumaza, departamento de Cajamarca, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 24657, Resolución Ministerial N° 0468-2016-MINAGRI y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

14 de Abril de 2025
RESOLUCCIÓN DIRECTORAL N° 46 -2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 326 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT SANTA MARGARITA, distrito de la Encañada, provincia y región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

10 de Abril de 2025
RESOLUCCIÓN DIRECTORAL N° 45 - 2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR FUNDADAS las oposiciones formuladas por los administrados; Roque Alfonso Bringas Castillo, identificado con D.N.I N° 27143911, mediante solicitud con registro MAD 9404055, de fecha 09 de abril de 2024 y María Angélica Dobbertin Saldaña, con D.N.I. N° 43486577, mediante solicitud con registro MAD 10370316, de fecha 05 de diciembre de 2024, pudiendo los afectados plantear su recurso impugnatorio de conformidad con el artículo 61.3 del Reglamento de la Ley 31145, en atención a los fundamentos expuestos.

21 de Marzo de 2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 35-2025-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R

DECLARAR el derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio a favor de los poseedores calificados como aptos, respecto de los 284 predios rurales individuales que se detallan a continuación, ubicados en la UT CHOROPAMPA, distrito del mismo nombre, provincia de Chota y región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

10 de Septiembre de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 109-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de doscientos cuarenta y cuatro (244) Poseedores calificados como APTOS, del sector LA LIBERTAD DE PALLAN, distrito de La Libertad de Pallan, provincia de Celendín, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

4 de Junio de 2024
RESOLUCION DIRECTORAL N° 080-2024-GR-CAJ-DRAC-DTTCR

APROBAR EL PLANO CONJUNTO del Territorio de la Comunidad Campesina de Santiago de Cachen, ubicada en el distrito de Miracosta, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, estando conformado por dos (02) predios; el primer predio, se encuentra ubicado en la parte baja, conformado por los sectores “La Montaña”, “Anicate”, y el “Suncho” de un Área Superficial de 1915.2506 Has., y el segundo predio, se encuentra ubicado en la parte alta, sector denominado “Mishahuanga” con un área superficial de 337.9141 Has. haciendo un total de área del territorio comunal de 2253.1647 Has, los límites, colindancias, medidas perimétricas y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. DISPONER LA REMISIÓN del expedientillo conformado por el Plano de Conjunto, Memoria Descriptiva y Actas de Colindancia, para la Inscripción del Territorio Comunal en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Chota. DISPONER LA REMISIÓN al Juzgado competente un ejemplar del expediente de levantamiento del plano de conjunto de la Comunidad Campesina Santiago de Cachen, distrito de Miracosta, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, a fin de que resuelva sobre el área de controversia.

29 de Mayo de 2024
RESOLUCION DIRECTORAL N° 078-2024-GR-CAJ-DRAC-DTTCR

APROBAR EL DESLINDE Y TITULACIÓN, a favor de Comunidad Campesina Tocmoche, ubicada en el distrito de Tocmoche, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, APROBAR EL PLANO CONJUNTO del Territorio de la Comunidad Campesina de Tocmoche, ubicada en el distrito de Tocmoche, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, en un área de 2012.1471 Ha., cuyos límites, colindancias, medidas perimétricas y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución y  DISPONER LA REMISIÓN del expedientillo conformado por el Plano de Conjunto y Memoria Descriptiva y Actas de Colindancia, para la Inscripción del Territorio Comunal en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Chota.

27 de Mayo de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 076-2024-GR.CAJ-DRACDTT.CR

Aprobar el “Proceso de Deslinde y Titulación del territorio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE COLPÓN; ubicada en el Distrito de Eduardo Villanueva, Provincia de San Marcos, Departamento de Cajamarca; al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 24657, Resolución Ministerial N° 0468-2016-MINAGRI Y LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA DE LA PRESENTE Resolución.

Aprobar, el Plano de Conjunto, Memoria Descriptiva y Actas de Colindancia; del territorio de la Comunidad Campesina de Colpón, ubicada en el Distrito de Eduardo Villanueva, Provincia de San Marcos y Departamento de Cajamarca, en un área superficial de 384.1085 Has.

Disponer su inscripción en la Oficina registral de Cajamarca, de los títulos de propiedad de la Comunidad Campesina de Colpón, consistentes en: Plano de Conjunto, Memorias Descriptiva y Actas de Colindancia.

22 de Mayo de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 075-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

APROBAR EL DESLINDE Y TITULACIÓN, a favor de Comunidad Campesina San Francisco de Anguyacu, ubicada en el distrito de Miracosta, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 24657. Resolución Ministerial N° 0468-2016-MINAGRI y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; y APROBAR EL PLANO CONJUNTO del Territorio de la Comunidad Campesina San Francisco de Anguyacu, ubicada en el distrito de Miracosta, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, en un área de 4306.9803 Ha., cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

11 de Abril de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 066-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

OTORGAR los Títulos de Propiedad a favor de los ciento sesenta y uno (161) poseedores calificados como APTOS del procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado, de la Unidad Territorial PACRI: CHADIN-CHOROPAMPA-CHIMBAN-PION, ubicados en los distritos Chadín, Choropampa y Chimban, provincia de Chota, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

20 de Marzo de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 058-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de noventa (90) Poseedores calificados como APTOS, del sector NUEVA ESPERANZA, distrito de Huarango, provincia de San Ignacio, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

20 de Marzo de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 057-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de ciento veinticuatro (124) Poseedores calificados como APTOS, del sector CRUCE EL NARANJO, distrito de Huarango, provincia de San Ignacio, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

5 de Febrero de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

SOLICITAR LA RECTIFICACIÓN de área, linderos, medidas perimétricas y real ubicación del predio rustico inscrito en la partida registral N° 11112313, ubicado en el sector PACRI: CHADIN-CHOROPAMPA-CHIMBAN-PION, ubicados en los distritos Chadín, Choropampa y Chimban, provincia de Chota, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

26 de Enero de 2024
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2024-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

DECLARAR la propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio, a favor de 187 Poseedores calificados como APTOS, del sector CATACHE, distrito de Catache, provincia de Santa Cruz, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

4 de Diciembre de 2023
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 516-2023-GR.CAJ-DRAC/DTT.CR

OTORGAR los Títulos de Propiedad a favor de los cuarenta y cinco (45) poseedores calificados como APTOS del procedimiento de saneamiento físico legal y formalización de predios rústicos de propiedad del Estado, de la Unidad Territorial PACRI: CHADIN-CHOROPAMPA-CHIMBAN-PION, ubicados en los distritos Chadín, Choropampa y Chimban, provincia de Chota, región Cajamarca, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

2 de Noviembre de 2023
RESOLUCION DIRECTORAL N° 451-2023-GR-CAJ-DRAC-DTTCR

APROBAR EL DESLINDE Y TITULACIÓN, a favor de Comunidad Campesina San Benito, ubicada en el distrito de San Benito, provincia de Contumazá y departamento de Cajamarca, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 24657, Resolución Ministerial N° 0468-2016-MINAGRI y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Del Territorio de la Comunidad Campesina San Benito, ubicada en el distrito de San Benito, provincia de Contumazá y departamento de Cajamarca, en un área de 26,769.3352 Ha., cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Modificatoria de la Resolución Directoral N° 00473-2022-GR.CAJ/D.R.A.C/D.T.T.C.R. de fecha 08 de setiembre del año 2022, la misma que aprueba el Plano Conjunto de un área de 45, 205.7351 Has. debiendo ser el área correcta del territorio comunal de 26,769.3352 Ha., cuyos límites, colindancias y perímetro se especifican en el plano y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. PRESCINDIR, de la suscripción de las Actas de Colindancias, al haberse levantamiento el plano conjunto considerado los linderos y líneas de colindancia que figuran en la partida registral de cada predio colindante y al haberse verificado la No afectación a bienes de dominio público. DISPONER LA REMISIÓN del expedientillo conformado por el Plano de Conjunto y Memoria Descriptiva para la Inscripción del Territorio Comunal en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca.